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En sentido estricto, ese término designa a aquellos seglares que están
sujetos a la autoridad de un amo y se mantienen a expensas de él. En
este sentido, la idea encierra el servicio que se brinda al amo, y también
los emolumentos, vivienda, alimentos que el amo ofrece. En el derecho canónico
el término generalmente se refiere a los seglares que viven en los monasterios
u otras casas religiosas, en las que se emplean como sirvientes, y que están
sujetos a la autoridad del prelado regular del mismo modo que el siervo al amo.
Muchos de los privilegios y exenciones que se otorgan a los religiosos son también
otorgados a sus familiares. Es por ello que los familiares reciben válidamente
la absolución de un confesor aprobado por al prelado regular, o de alguno
aprobado por el ordinario del lugar en el que esté situada la casa. Del
mismo modo, los familiares que residen en un monasterio pueden recibir la comunión
en el templo o en la capilla del monasterio. Igualmente se les puede administrar
la extremaunción y el viático en el monasterio. Los varones jóvenes
internados en colegios o academias dirigidas por religiosos o por el clero diocesano,
y las niñas acogidas en conventos dirigidos por religiosas, tienen prácticamente
los mismos privilegios que los familiares. Según el Concilio de Trento
(Ses. XXIII, cap. IX, De reformatione), “no pueda ordenar el obispo a
familiar suyo que no sea súbdito, como este no haya vivido con él
por espacio de tres años; y confiérale inmediatamente un beneficio
efectivo, sin valerse de ningún fraude; sin que obste en contrario costumbre
alguna, aunque sea inmemorial”.
Taunton, Law of the Church (Londres, 1906); Smith, Elements
of Ecclesiastical Law (Nueva York, 1887); Bachofen, Compendium Juris Regularium
(Nueva York, 1903); Lombardi, Juris Canonici Privati Institutiones (Roma, 1901);
Icard, Praelectiones Juris Canonici (Paris, 1880); Bouix, Tractatus de Jure
Regularium (Paris, 1886); Noldin, De Sacramentis (Innsbruck, 1903); Lehmkuhl,
Theologia Moralis (Friburgo, 1898); Muller, Theologia Moralis (Viena, 1902).
J.D. O'NEILL
Tradujo Javier Algara Cossío
The
Catholic Encyclopedia, Volume I
Copyright © 1907 by Robert Appleton Company
Online Edition Copyright © 1999 by Kevin Knight
Enciclopedia Católica Copyright © ACI-PRENSA
Nihil Obstat, March 1, 1907. Remy Lafort, S.T.D., Censor Imprimatur
+John Cardinal Farley, Archbishop of New York
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