"Missa pro sponso et sponsa", la última entre las
Misas votivas en el Misal. Está compuesta por lecturas y cantos adecuados
al Sacramento del Matrimonio, contiene oraciones para recién casados
y es un elemento del Ritual del Matrimonio. Dado que la Misa se veía
como acompañamiento natural de cualquier función solemne (ordenación,
consagración de iglesias, etc.), fue naturalmente celebrada cómo
parte del matrimonio. Tertuliano menciona la oblación que confirma el
matrimonio (matrimonium quod ecclesia conciliat et confirmat oblatio).
Todos los Sacramentales Romanos contienen la Misa nupcial. El Sacramental de
Gelasio contiene, incluso, la bendición dicha después del Ite
missa est. El papa Nicolás I (858-867) en su instrucción para
los Búlgaros en 866, describe el rito completo del matrimonio, incluyendo
la coronación del varón y la mujer que a la fecha sigue siendo
la principal característica del rito en la Iglesia Bizantina; este rito
contiene una Misa en la cual los casados hacen la ofrenda y reciben la comunión.
(Rasp. Ad cons, Bulgarorum, iii, citado por Duchesne, “Origines du
Culte,” París, ed. 2, 1898 n. 413-414).
Las reglas actuales para una Misa nupcial son; primero, que no puede ser celebrada
en el tiempo cerrado para matrimonies, el cual es desde el Domingo de Adviento
hasta después de la octava de la Epifanía y desde el Miércoles
de Ceniza hasta el Domingo Bajo. Durante estos tiempos no se puede hacer ninguna
referencia al matrimonio en la Misa; si alguien desea casarse entonces, deberán
contentarse con el servicio pequeño en el Ritual, sin música u
otras solemnidades. Esto es lo que significa la rúbrica “claudun
tur nuptiarum solemnia;” usada usualmente en el tiempo cerrado. Durante
el resto del año la Misa nupcial puede ser dicha en una boda excepto
los Domingos y fiestas de guardar, dobles de primera y segunda clase y las ferias
y octavas privilegiadas como exclusión de una doble. No puede desplazar
a la Misa de Rogativa en la cual se hace procesión, ni puede desplazar
por lo menos un Réquiem en el día de los Fieles Difuntos. En estas
ocasiones su lugar es tomado por la Misa del día a la cual las conmemoraciones
de la Misa nupcial son añadidas al último y en la cual las bendiciones
se insertan en su lugar. La bendición nupcial es considerada parte de
la Misa nupcial. Nunca puede darse excepto durante esta Misa o una Misa que
la reemplace (y conmemore) cuando no puede ser dicha, como se mencionó
arriba. La Misa nupcial y bendición puede ser celebrada después
del tiempo cerrado para las personas casadas durante éste. Así
pues la Misa y bendición nupcial siempre van juntas; la una envuelve
a la otra. Una Misa y bendición pueden realizarse para varias parejas
de esposos, quienes deben estar todos presentes. Las formas, sin embargo, permanecen
en singular como aparecen en el Misal. La Misa y bendición no pueden
realizarse si la mujer ya ha recibido esta bendición en un primer matrimonio.
Esta regla solo afecta a la mujer, para quien está especialmente dedicada
la oración (ver la oración Deus qui potestate). Debe entenderse
exactamente como se ha establecido. Un anterior matrimonio sin esta bendición
o el hecho de que haya tenido hijos antes del matrimonio no son impedimentos.
Tampoco puede celebrarse la Misa y bendición nupcial en los casos de
matrimonios mixtos a pesar de cualquier dispensa. De acuerdo con la Constitución
“Etsi sanctissimus Dominus” de Pío IX (15 de noviembre
de 1858), loa matrimonies mixtos deben celebrarse fuera de la iglesia (en Inglaterra
y en América esto se entiende como fuera del santuario y el coro), sin
la bendición del anillo o de los esposos sin cualquier rito o vestimenta
eclesiástica, sin proclamación de edictos.
El rito de la Misa nupcial y bendición es éste: La misa no tiene
ni Gloria ni Credo. Cuenta como Misa votiva no para material grave; por lo tanto
tiene tres colectas, la propia, la conmemoración del día y la
tercera, la cual es la escogida para semi-dobles en ese tiempo del año
a menos que haya dos conmemoraciones. Al final Benedicamus Domino y el Evangelio
de San Juan son proclamados. El color es blanco. Los novios asisten cerca del
altar (justo afuera del santuario), el hombre a la derecha. Luego del Padrenuestro
el celebrante hace genuflexión y se dirige al lado de la epístola.
Mientras tanto los novios se acercan y arrodillan ante él. De cara a
ellos, dice las dos oraciones Propitiare Domine y Deus qui potestate
(como en el Misal) con ambas manos juntas. Entonces regresa al medio y continúa
la Misa. Los novios regresan a su lugar. Les da la Comunión en el momento
usual. Esto implica que han ayunado y explica el desusado nombre “desayuno
de boda” después. Pero la Comunión es ley estricta (S.R.C.,
no 5582, 21 de marzo de 1874). Inmediatamente después del Benedicamus
Domino y su respuesta el celebrante de nuevo va al lado de la Epístola
y los novios se arrodillan igual que antes. El celebrante de cara a ellos dice
la oración Deus Abraham (sin el Oremus). Entonces les advierte “con
graves palabras que sean fieles el uno al otro”. El resto del consejo
sugerido en la rúbrica del Misal es ahora generalmente dejado fuera.
Los rocía entonces con agua bendita; se retiran, él regresa al
altar, dice Placeta tibi, da la bendición y finaliza la Misa de manera
normal.
En los casos en los cuales la “Misa pro sponso et sponsa”
no puede ser dicha pero puede ser conmemorada, las oraciones especiales y bendición
son insertadas en la Misa del mismo modo. Pero el color debe ser el del día.
Durante el tiempo cerrado es, por supuesto, posible para los casados tener una
Misa dicha por su intención, en la cual reciban la Sagrada Comunión.
La Bendición nupcial en esta Misa es diferente de la celebración
del matrimonio la cual siempre debe precederla. La bendición se da a
gente ya casada, tal como implican las oraciones. No es necesario que sea dada
(ni la Misa dicha) por el párroco que asistió al matrimonio. Pero
ambas funciones (asistencia y bendición) son derechos de los párrocos,
los cuales nadie más puede realizar sin ser delegado por ellos. Generalmente
están tan combinados que el matrimonio tiene lugar inmediatamente antes
de la Misa; en este caso el sacerdote asiste el matrimonio con las vestimentas
de la Misa, pero sin el manutergio. En Inglaterra y otros países donde
se requiere una declaración civil por ley, esta usualmente es hecha en
la sacristía entre el matrimonio y la Misa. El Derecho Canónico
en Inglaterra ordena que los matrimonies sean hechas solo en iglesias que tengan
un distrito con la cura de almas (Conc. Prov. Westm. I, decr. XXII, 4). Esto
implica, por regla general, pero no ordena absolutamente, que la Misa nupcial
también sea celebrada en dicha iglesia.
N. del T. Actualmente y a raíz de las reformas a la liturgia,
el ritual del matrimonio es totalmente diferente al descrito en este artículo.
ADRIAN FORTESCUE
Transcrito por Joseph P. Thomas
Traducido por Antonio Hernández Baca