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Segundo
Concilio Laterano (1123)
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La muerte del Papa Honorio II (Febrero del 1130) fue seguida de un
cisma. Pedroleón, bajo el nombre de Anacleto II, por largo
tiempo se mantuvo como un obstáculo para el legítimo
Papa Inocencio II, quien fue apoyado por San Bernardo y San Norberto.
En 1135, Inocencio II celebró un Concilio en Pisa, y su causa
ganó firmeza, hasta que en Enero del 1138, la muerte de Anacleto
ayudó grandemente a resolver la dificultad. A pesar de eso,
para borrar los últimos vestigios del cisma, para condenar
varios errores y abolir abusos entre la clerecía y el pueblo,
Inocencio, en el mes de Abril del 1139, convocó en Letrán,
el décimo Concilio ecuménico. Asistieron cerca de mil
prelados de la mayoría de naciones cristianas. El Papa abrió
el Concilio con un discurso, y depuso de sus oficios a aquellos que
habían sido ordenados e instituidos por el antipapa y sus simpatizantes
principales, Egidio de Tusculum y Gerardo de Angulema. Así
como a Roger, rey de Sicilia, un partidario de Anacleto, quien había
sido reconciliado con Inocencio, que persistió en mantener
el sur de Italia en una actitud cismática, por lo que fue excomulgado.
El Concilio condenó igualmente los errores de los seguidores
de dos herejes activos y peligrosos, Pedro de Bruys y Arnoldo de Brescia.
El Concilio promulgó en contra de estos herejes su canon 23,
una repetición del tercer canon del Concilio de Tolosa (1119)
en contra de los maniqueos. Finalmente, el Concilio redactó
las medidas para enmendar la moral y disciplina eclesiásticas
que se habían relajado durante el cisma. 28 cánones
sobre esas materias, reprodujeron, en gran parte, los decretos del
Concilio de Reims en 1131, y el Concilio de Clermont en 1130, cuyas
realizaciones, se citaron desde esas fechas, frecuentemente bajo el
nombre de concilios lateranos, adquiriendo de esa forma una mayor
autoridad.
- El mandato a los Obispos y eclesiásticos de no escandalizar
a nadie por los colores, la forma, o extravagancia de sus ornamentos,
sino para vestirse de una forma modesta y bien ordenada
- 7 y 11. La condena y represión de los matrimonios y concubinatos
de los sacerdotes, diáconos, subdiáconos, monjes y
monjas
- Excomunión a los laicos quienes no pagasen los diezmos
a los Obispos, o no cediesen a éstos últimos las iglesias
cuya posesión tuviesen retenidas, ya porque fueron recibidas
de manos de los Obispos, u obtenidas de príncipes u otras
personas
- Fijó los períodos y duración de los Armisticios
de Dios
- Prohibición, bajo pena de privación de un entierro
cristiano, de justas y torneos que pusiesen en peligro la vida
- Los reyes y príncipes deben dispensar justicia de acuerdo
con los Obispos
- Nadie debe aceptar beneficios de las manos de un laico
- Se prohibe a las monjas cantar el Oficio Divino en el mismo coro
con los monjes o canónigos
- Ninguna iglesia debía dejar el cargo de Obispo vacante
por más de tres años desde la muerte del último;
se pronuncia un anatema en contra de aquellos canónigos (seculares)
quienes excluyeran de la elección episcopal "personas piadosas",
por ejemplo: canónigos regulares o monjes
H. LECLERCQ
Transcrito por Tomas Hancil
Traducido por Hugo Barona Becerra
The
Catholic Encyclopedia, Volume I
Copyright © 1907 by Robert Appleton Company
Online Edition Copyright © 1999 by Kevin Knight
Enciclopedia Católica Copyright © ACI-PRENSA
Nihil Obstat, March 1, 1907. Remy Lafort, S.T.D., Censor Imprimatur
+John Cardinal Farley, Archbishop of New York
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