(AUNQUE)
La primera palabra del Capítulo 1, Sesión 24 (De Ref. Matr.)
del Concilio de Trento. Este capítulo contiene la legislación
de la Iglesia, la cual estuvo en vigencia hasta la Pascua de 1908, y se refiere
al matrimonio clandestino. Al respecto decreta que: aquellos que intentan contraer
matrimonio que no sea en presencia de un sacerdote de la parroquia o de otro
cura delegado por el anteriormente mencionado, y delante de dos o tres testigos,
el Santo Sínodo que este acto es nulo.
Se hace referencia al artículo de la CLANDESTINIDAD, de manera que
allí se tiene un estudio completo al respecto. Se tiene una extensión
de la forma prescrita de “tametsi”, que se refiere al decreto de
la Iglesia Universal, como “No temere”. El capítulo de “tametsi”
declara los contratos clandestinos de matrimonio, son nulos en tanto no observen
las disposiciones de la Iglesia, y anatemiza a aquellos que sostienen lo contrario
y también a aquellos que falsamente indican el consentimiento de los
padres, dando con ello invalidez al matrimonio, o bien aquellos cuya supuesta
aprobación o desaprobación puede afectar tales contratos.
Se declara sin embargo, que la Iglesia, siempre, desaprobará matrimonios
que se contraigan secretamente o sin el consentimiento de los padres. El mismo
capítulo del Consejo Tridentino prescribe la promulgación de los
impedimentos del matrimonio, lo que es una repetición del Cuarto Concilio
Luterano; en ello se establecen las formas de expresar consentimiento por medio
de la inscripción del matrimonio en los registros parroquiales.
También se declara que queda en condición de suspensión,
cualquier sacerdote, secular o regular, o bien otro pastor, que asista y ofrezca
la bendición nupcial a un matrimonio sin tener la delegación propia.
Esa suspensión permanecerá hasta que se logre la absolución
por parte del sacerdote parroquial a que correspondan las partes contrayentes.
Esta censura, sin embargo, puede no ser recurrente. Finalmente del “tametsi”
se derivan las recomendaciones en términos del matrimonio y los sacramentos
de Penitencia y Eucaristía, así como las costumbres y ritos que
están relacionados con el matrimonio (véase además, MATRIMONIO,
MORAL Y ASPECTOS CANONICOS).
ANDREW B. MEEHAN.
Transcripción de Douglas J. Potter
Traducción al castellano de Giovanni E. Reyes
Dedicado al Sagrado Corazón de Jesucristo.